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Por decisión de la CREG se reactivan las revisiones periodicas obligatorias de las instalaciones internas de Gas natural.

  • Las revisiones periódicas de las instalaciones internas de gas natural se realizan para garantizar la seguridad de los usuarios.
  • Las revisiones podrán programarse a través de las líneas de atención al cliente de Surtigas o través de los organismos de inspección acreditados.

Cartagena.  La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) levantó la medida de suspensión transitoria de la revisión periódica obligatoria a las instalaciones internas de gas domiciliario, que se había tomado por la coyuntura.

En línea con esto, Surtigas reactivó este proceso a todos sus clientes que estén en el ciclo de revisión y a quienes no se les efectuó antes porque coincidió con el período de cuarentena.

Cabe mencionar que las revisiones periódicas se realizan para verificar el correcto funcionamiento de las instalaciones, de forma que se asegure que las condiciones para recibir el servicio por parte de los usuarios son las adecuadas, y de esta forma prevenir la ocurrencia de accidentes por fugas.

La CREG también aclaró que los usuarios a los que se les reconectó el servicio por no contar con el certificado de su instalación, así como a los que se les cumplieron los cinco años para hacer su revisión durante el período de la emergencia, deberán programar su revisión y una vez la instalación del usuario cumpla con la normatividad técnica, este deberá remitir a Surtigas el Certificado de Conformidad.

El organismo de inspección no podrá emitir el certificado de conformidad si la instalación del usuario no está en buenas condiciones. En caso de un defecto crítico, Surtigas deberá suspender el servicio, y solo se reanudará cuando se haya corregido el defecto.

En caso de que un inmueble no cuente con el certificado vigente de la revisión periódica a la instalación interna de gas, y ocurra un incidente, el responsable en primera instancia es el usuario del servicio por no haber realizado la misma, para evitar esto, Surtigas debe suspender el servicio a aquellos usuarios que no cuenten con la certificación y de esta manera prevenir cualquier riesgo.

En el evento que no se permita el acceso de Surtigas al centro de medición del inmueble, la compañía debe suspender el servicio, con el único propósito de preservar la seguridad de las personas que habitan el inmueble y la de sus vecinos.

Se le recuerda a los usuarios que pueden contratar el servicio de revisiones periódicas con cualquier OIA acreditado por el ONAC, y que esta información la encuentran en  www.onac.org.co/directorio-de-acreditacion-oin-inspeccion-de-gas.

Adicionalmente se informa que Surtigas ofrece este servicio con técnicos certificados y el costo de la revisión puede ser financiado a través de la factura del servicio del gas natural. En este caso si el usuario desea programarla con Surtigas, deberá llamar a las líneas de atención a usuarios: 164 o 01-8000-910164 desde teléfonos fijos o celulares o ingresando a la página: web www.surtigas.com.co.

“Para SURTIGAS la seguridad de nuestros usuarios es lo más importante, por esta razón le recordamos a la ciudadanía en general la obligación de realizar la revisión periódica en el tiempo establecido, y de entregar a Surtigas el Certificado de Conformidad vigente para poder seguir disfrutando del servicio y evitar la suspensión de este, que es lo último que queremos hacer”, explicó Santiago Mejia, Gerente General de Surtigas.

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