Recuerde cuáles son los delitos ambientales que se penalizan en Colombia

● “Hago un llamado para que nos convirtamos en los guardianes de nuestros bosques y protectores de nuestras especies silvestres”: Carlos Eduardo Correa.
● La Ley de Delitos Ambientales creó seis nuevos delitos, y fortalece las sanciones de cinco ya existentes en el Código Penal colombiano.

Bogotá D. C. -MADS-. Proteger la biodiversidad del país es una apuesta del Gobierno Nacional, en especial del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Gracias a la Ley de Delitos Ambientales, sancionada en julio de 2021, acciones como la deforestación, el tráfico ilegal de especies silvestres, el ecocidio o la caza y pesca ilegales son penalizadas.
“Atentar contra nuestras especies y ecosistemas estratégicos es atentar contra la vida y el futuro de las próximas generaciones. Hoy, Colombia cuenta con las herramientas necesarias para judicializar a los responsables. Hago un llamado para que nos convirtamos en los guardianes de nuestros bosques y protectores de nuestras especies silvestres. Es un deber y un derecho a los cuales no podemos renunciar”, señaló el ministro de Ambiente, Carlos Eduardo Correa.
Para que la aplicación de la ley no lo coja fuera de base, a continuación, recordamos algunos de los delitos incluidos en la norma y las sanciones a las que se exponen quienes afecten los recursos naturales y el medio ambiente, a propósito de las recientes versiones que indican que en un programa de televisión se estaría incentivando a cocinar, entre otras especies, con aleta de tiburón, lo que está prohibido.
Aprovechamiento ilícito
Quien se apropie, acceda, capture, mantenga, introduzca, extraiga, explote, aproveche, exporte, transporte, comercie, explore, trafique o de cualquier otro modo se beneficie de los especímenes, productos o partes de los recursos fáunicos, forestales, florísticos, hidrobiológicos, corales, biológicos o genéticos de la biodiversidad colombiana
Tráfico de fauna
El que trafique, adquiera, exporte o comercialice sin permiso
Deforestación
El que sin permiso de autoridad competente o con incumplimiento de la normatividad existente tale, queme, corte, arranque o destruya áreas iguales o superiores a una hectárea continua o discontinua de bosque natural
En los siguientes casos, la pena se aumentará a la mitad:
Daños en los recursos naturales y ecocidio
Contaminación ambiental
Más detalles de la Ley de Delitos Ambientales aquí: https://www.minambiente.gov.co/wp-content/uploads/2021/06/ley-2111-2021.pdf.

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