*Sanción que recibiría Medellín por no asistir al juego ante Jaguares*

Foto cortesía DIM.

No solo la pérdida de los puntos será la sanción del DIM por no asistir al estadio Jaraguay para enfrentar a Jaguares, el Artículo 83 Infracciones sancionables con derrota por retirada o renuncia, contempla otras sanciones por parte del ente regulador del balompié nacional.

El documento del Código Único Disciplinario de la FCF constituye
infracción de los clubes sancionable con multa de 20 salarios legales mínimos vigentes al momento de la infracción y derrota por retirada o renuncia.

El ítem L refiere sanción a:

l) Al club, selección municipal o departamental que sin justa causa no presentare su equipo
en la cancha a la hora programada oficialmente y por esta causa no se realizare el partido.
Si el club responsable fuere visitante pagará al local los perjuicios económicos que fije la Comisión Disciplinaria, de acuerdo con las pruebas presentadas y sin perjuicio de las demás sanciones que le puedan corresponder.

Por. Victor De Fex Argel.

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