Excluido artículo 20 de nueva Ley del deporte que afectaba a clubes de formación, tema evidenciado por ACCFA
Redacción. Una muy buena noticia conocieron los clubes de fútbol aficionado de Colombia al saber que fue excluido el tema de los derechos deportivos de los futbolistas tal como estaba redactado en el artículo 20, en el texto de la modificación a ley del deporte radicado este lunes 15 de marzo por el Ministerio del Deporte en la Presidencia de la República.
Es un paso muy importante el que da la Asociación Colombiana de Clubes de Fútbol Aficionado ACCFA que representa al fútbol de formación de nuestro país en este propósito ya que como estaba redactado el artículo 20 imposibilitaba el desarrollo del objeto social de los clubes del fútbol aficionado e iba en detrimento de la sostenibilidad y permanencia de los clubes que desempeñan una importante función social en Colombia.
En su momento Accfa una vez conoció el contenido del artículo, puso de manifiesto los efectos negativos que traía la norma y a través de sus jurídicos Andrés Felipe Guapacha, presidente y Álvaro Aguilar vicepresidente hicieron evidente el tema ante el Ministerio del Deporte y la Representante a la Cámara Norma Hurtado, coequipera del Gobierno Nacional en la socialización y modificación de la ley.
Fue muy importante en la resonancia que tuvo esta postura, la vocería de la congresista Norma Hurtado Sánchez ante el Ministerio del Deporte, quien luego de reunirse con los directivos de Accfa y conocer la situación, se apersonó del tema apoyando de manera activa el llamado de los clubes, algo que consideró justo para llegar al punto que hoy todos celebran.
Teniendo en cuenta el parágrafo primero de la Ley radicada ante la presidencia de la República, el Ministerio del Deporte deberá reglamentar algunas disposiciones y definiciones en un plazo de seis meses una vez dejada en firme la misma.
Los clubes de fútbol aficionado a través de los jurídicos de Accfa seguirán muy pendientes de los términos en que se realizará dicha reglamentación y dispuestos a cooperar con la información necesaria para que la norma quede en los mejores
términos y no afecte la continuidad de los clubes en su razón de ser como formar a jóvenes no solo en el deporte sino también en su desarrollo y crecimiento personal.
Un argumento de peso presentado por Accfa en su postura y solicitud de la revisión del artículo 20 que traía la reforma fue : “ De acuerdo a como está redactado el artículo 20, modifica el inciso tercero del artículo 32 de la ley 181 de 1995 que fue declarado exequible, es decir, ajustado a la Constitución política, mediante la sentencia C- 320 de 1997, donde dijo que los clubes con deportistas profesionales o aficionados más los jugadores son poseedores de los derechos deportivos de sus deportistas”.
La Asociación Colombiana de Clubes de Fútbol Aficionado Accfa, celebra que el Ministerio del Deporte haya escuchado el llamado de los clubes para revisar el tema y valore la labor que desempeñan los clubes aficionados.
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